Ley corta: el caso de Arsat

Una nota de Página 12 advierte que, con la nueva “Ley corta” de Telecomunicaciones, la inversión realizada por el Estado nacional en fibra óptica sería puesta a disposición de empresas privadas. En ese sentido, el texto sostiene: “El proyecto oficial no sólo habilita a los licenciatarios privados a compartir infraestructura entre sí, sino que también pone a disposición de esas firmas la Red Federal de Fibra Optica. Además, le quita a Arsat espectro que se repartirá entre las telefónicas”.

El proyecto de ley que el oficialismo presentó ante el Congreso bajo la denominación “Fomento de despliegue de infraestructura y competencia Tic”, los primeros días de abril está siendo analizado por expertos y a medida que avanza la lectura son más las suspicacias que genera. La iniciativa cuenta con 13 artículos y fue calificada por los propios impulsores como “Ley corta”. Ha sido calificada por Martín Becerra como “corta y limitada”, mientras que desde el sector cooperativo la miran de reojo, ya que habilita a las prestadoras privadas a hacer uso de la infraestructura que las entidades solidarias desplegaron, con una inversión de años, en sus áreas de influencia.

De acuerdo al artículo del periodista de Página 12, Fernando Krakowiak, el proyecto de ley corta de comunicaciones que presentó el gobierno le abre las puertas a las telefónicas para brindar televisión satelital, pero además promueve la compartición de infraestructura pasiva para acelerar el despliegue de redes. Esta última medida no solo habilita a los licenciatarios privados a compartir torres, postes y ductos entre sí, sino que también pone a disposición de esas firmas la Red Federal de Fibra Óptica (Refefo) de Arsat. El proyecto modifica también un artículo de la ley de Desarrollo de la Industria Satelital que le reservaba a Arsat bandas de frecuencias de espectro con carácter preferencial, las cuales pasarán a manos de los privados.

La información publicada por el medio porteño pone especial énfasis en la situación de la estatal Arsat. Según consigna el artículo, Arsat ha venido firmando contratos de servicios con empresas de telefonía móvil y proveedores de internet para brindarles comunicación entre distintos puntos de su red. Sin embargo, si el nuevo proyecto se aprueba los privados directamente podrán disponer de los ductos de la firma.

El artículo 1 del proyecto lo deja claro: “Los licenciatarios de Servicios de TIC, deberán permitir el uso y ocupación de su infraestructura pasiva, integrada por torres, postes, ductos y cualquier otro elemento que utilicen para desplegar, albergar o instalar cables, fibra óptica, antenas, equipos, dispositivos o cualquier otro recurso análogo requerido en la prestación de sus servicios, a otros licenciatarios, para el despliegue de sus redes”.

La clave estará en el reglamento que dicte el Ministerio de Modernización, pero en ese momento ya no tendrá intervención el Congreso. Lo único que aclara el proyecto es que “el uso compartido de infraestructura se instrumentará mediante convenios celebrados entre los licenciatarios y/o titulares, en los que se establecerán las condiciones técnicas y económicas, en forma objetiva, transparente, no discriminatoria y proporcionada”.

Otro punto que involucra a Arsat es la modificación artículo 11 de la ley 27.208 de Desarrollo de la Industria Satelital. El texto original decía: “Resérvanse con carácter preferencial a la Empresa Argentina de Soluciones Satelitales Sociedad Anónima AR-SAT las bandas de frecuencias que se detallan en el Anexo II que forma parte integrante de la presente ley”. En ese anexo II se reservaban para la compañía estatal 130 MHz en distintas bandas de frecuencia. Para el servicio de Comunicaciones Móviles Avanzadas (SCMA) a nivel nacional se reservaron 50 MHz en la banda 1700-2100 MHz y otros 20 MHz en la banda de 700 (738-748/793-803). Además, se reservaron 60 MHz para el Servicio de Comunicaciones Personales (PCS): 20 MHz en la banda de frecuencia 1850-1910/1930-1990 MHz.

En la ley 27.208, sancionada en noviembre de 2015, se aclaraba que la porción correspondiente a la banda de 700 MHz se utilizaría para dar cobertura a grandes áreas con baja densidad (poblaciones rurales dispersas y rutas), para reforzar la cobertura en zonas de “sombra” y para garantizar comunicaciones fiables a organismos de la seguridad pública. Con la banda alta (1700-2100 MHz) se pretendía brindar accesos de alta capacidad móviles en zonas densamente pobladas. Por último, se aseguraba que con los 20 MHz por área en la banda de frecuencia 1850-1910/ 1930-1990 MHz se buscaría garantizar servicios de comunicación móvil.

La ley explicitó incluso que se explotarían aprovechando el despliegue de la Refefo y alentando el ingreso de nuevos actores al mercado de la telefonía celular, como cooperativas y empresas provinciales.

 

Fuente: Página 12

Imprimir Correo electrónico